TRAS LA REGULARIZACIÓN DE 500.000 MIGRANTES LAS PRUEBAS DE ASCENDENCIA, DESCENDENCIA, Y ARRAIGO, QUE PROPONEN LOS FASCISTAS ESPAÑOLES, AL IGUAL QUE HITLER APROBÓ UNA LEGISLACIÓN PARA DISTINGUIR LOS QUE ERAN ARIOS DE VARIAS GENERACIONES DE LOS QUE NO LO ERAN. SE SALTAN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, QUE TANTO DICEN DEFENDER, CON UNA FACILIDAD ASOMBROSA. TODO ESTO ES TAN ABSURDO, QUE IONESCO HABRÍA ESCRITO UNA OBRA TITULADA "NO SOY DE AQUÍ, NO SOY DE ALLÁ, NO TENGO HOGAR NI PORVENIR".
EL ARRAIGO BIEN ENTENDIDO SE refiere a la capacidad de todo ser humano de desarrollar lazos de confianza y vínculos con los demás miembros de una comunidad. Esta misma cualidad social provoca que no quiera alejarse del sitio donde siente protección, cariño y confianza.
Las Leyes de Núremberg (Nürnberger Gesetze en alemán) fueron normas antisemitas y racistas promulgadas en la Alemania nazi el 15 de septiembre de 1935, en una reunión especial del Reichstag convocada durante el séptimo congreso del Partido Nazi en Núremberg. Las dos leyes eran la Ley para la Protección de la Sangre Alemana y el Honor Alemán, que prohibía los matrimonios y las relaciones extramatrimoniales entre judíos y alemanes y el empleo de mujeres alemanas menores de 45 años en hogares judíos; y la Ley de Ciudadanía del Reich, que declaraba que sólo aquellos de sangre alemana o relacionada podían optar a ser ciudadanos del III Reich. El resto fueron clasificados como sujetos estatales sin ningún derecho de ciudadanía. El 14 de noviembre se aprobó un decreto complementario que delineaba la definición de quién era judío, y la Ley de Ciudadanía del Reich entró oficialmente en vigor en esa fecha. Las leyes se ampliaron el 26 de noviembre de 1935 para incluir a gitanos y negros.

Estas normas fueron promovidas por el canciller y Führer (líder) Adolf Hitler. El responsable de su redacción fue el ministro del Interior, Wilhelm Frick.[1][2]
Por motivos de política exterior, los procesamientos en virtud de las dos leyes no comenzaron hasta después de los Juegos Olímpicos de Verano de 1936, celebrados en Berlín. Después de que Hitler llegase al poder en 1933, los nazis comenzaron a implementar políticas antisemitas para la formación de una Volksgemeinschaft (comunidad popular) basada en la raza. Adolf Hitler, declaró un boicot nacional a las empresas judías el 1 de abril de 1933, y la Ley para la Restauración de la Función Pública Profesional, aprobada el 7 de abril, excluyó a los llamados no arios de profesiones jurídicas, la función pública y la docencia en escuelas secundarias y universidades. Los libros considerados no alemanes, incluidos los de autores judíos, fueron destruidos en una quema de libros a nivel nacional el 10 de mayo. Los ciudadanos judíos fueron acosados y sometidos a ataques violentos. Fueron reprimidos activamente, despojados de su ciudadanía y derechos civiles y, finalmente, apartados de la sociedad alemana.
Las Leyes de Núremberg tuvieron un impacto económico y social paralizante en la comunidad judía. Las personas condenadas por violar las leyes matrimoniales fueron encarceladas y (a partir del 8 de marzo de 1938) al cumplir sus sentencias fueron arrestadas nuevamente por la Gestapo y enviadas a campos de concentración nazis. Los no judíos dejaron gradualmente de socializar con judíos o de comprar en tiendas de propiedad judía, muchas de las cuales cerraron debido a la falta de clientes. Como a los judíos ya no se les permitía trabajar en la administración pública o en profesiones reguladas por el gobierno, como la medicina y la educación, muchos empresarios y profesionales de clase media se vieron obligados a aceptar empleos de baja categoría. La emigración fue problemática, ya que los judíos debían remitir hasta el 90% de su riqueza en forma de impuesto al salir del país.[3]
En 1938 era casi imposible para los potenciales emigrantes judíos encontrar un país dispuesto a acogerlos. Los planes de deportación masiva como el Plan Madagascar resultaron imposibles de llevar a cabo para los nazis y, a partir de mediados de 1941, el gobierno alemán inició el exterminio masivos de los judíos europeos.
La discriminación contra los judíos se intensificó después de que los nazis llegasen al poder. Las Sturmabteilung (SA; el ala paramilitar del Partido Nazi) emprendieron durante el siguiente mes ataques a negocios de judíos, sinagogas y a los judíos que ejercían profesiones jurídicas.[10] El 21 de marzo de 1933 el ex-congresista de los Estados Unidos de América William W. Cohen, en una reunión con el comité asesor ejecutivo de los Judíos Veteranos de Guerra de los Estados Unidos, pidió un boicot estricto contra los productos alemanes.[11] Posteriormente, ese mismo mes, comenzó un boicot a nivel mundial a los productos alemanes que contó con el apoyo de varias de las principales organizaciones judías (aunque también con la abstención de otras, como la Junta de Diputados de los Judíos Británicos).[12] En respuesta, Hitler declaró un boicot nacional a los negocios de judíos el 1 de abril de 1933.[10] Por entonces, muchos que no eran miembros del Partido Nazi estaban pidiendo la segregación de los judíos del resto de la sociedad alemana.[13] La Ley Para la Restauración del Servicio Civil Profesional, aprobada el 7 de abril de 1933, obligó a los que no eran arios a retirarse de las profesiones jurídicas y del servicio civil.[14] Poco después, una legislación similar privó a los judíos de otras profesiones de su derecho a ejercerlas.[14] También se prohibió que los judíos enseñasen en las universidades.[15] En 1934 el Partido Nazi publicó un panfleto titulado "Warum Arierparagraph?" ("¿Por qué las leyes arias?") que resumía la supuesta necesidad de estas leyes.[16] Como parte de la tarea de ir retirando lo que los nazis llamaban la "influencia judía" de la vida cultura, la Liga de Estudiantes Nacionalsocialistas retiró de las bibliotecas todos los libros considerados antialemanes y el 10 de mayo tuvieron lugar quemas de libros por todo el país.[17] La violencia y la presión económica fueron usadas por el régimen para animar a los judíos a que abandonasen voluntariamente el país.[18] En julio de 1933 se aprobó una legislación que quitaba a los alemanes judíos naturalizados de su ciudadanía, creando una base legal para deportar a los inmigrantes judíos recientes, sobre todo de Europa del Este.[14] Muchas ciudades colocaron señales que prohibían entrar a los judíos.[19] En 1933 y 1934 se privó a los negocios judíos el acceso a los mercados, se les prohibió anunciarse en los periódicos y se es vetó del acceso a los contratos gubernamentales. Los ciudadanos judíos fueron acosados y objeto de violentos ataques.[20]
Entre las leyes promulgadas en este periodo estaba la Ley para la Prevención de la Descendencia con Enfermedades Hereditarias, aprobada el 14 de julio de 1933. Esta norma llamaba a la esterilización obligatoria de personas que tuvieran un rango de enfermedades hereditarias, físicas y mentales.[21] Con la Ley contra los Criminales Habituales Peligrosos, aprobada el 24 de noviembre de 1933, los criminales habituales también fueron sometidos a esterilización.[22] Esta última ley también fue usada para forzar el internamiento en prisiones o campos de concentración de los considerados como "inadaptados sociales", entre los que se incluían los desempleados, las prostitutas, mendigos, alcohólicos, vagabundos sin hogar, negros y gitanos.[23][24
| Clasificación | Traducción | Herencia | Definición |
|---|---|---|---|
| Deutschblütiger | Sangre alemana | Alemán | Pertenece a la raza y nación alemana; aprobado para tener la ciudadanía del Reich |
| Deutschblütiger | Sangre alemana | 1⁄8 judío | Considerado perteneciente a la raza y nación alemana; aprobado para tener la ciudadanía del Reich |
| Mischling zweiten Grades | Raza mestiza (segundo grado) | 1⁄4 judío | Pertenece sólo en parte a la raza y a la nación alemanas; aprobado para tener la ciudadanía del Reich |
| Mischling ersten Grades | Raza mestiza (primer grado) | 3⁄8 or 1⁄2 judío | Pertenece sólo en parte a la raza y a la nación alemanas; aprobado para tener la ciudadanía del Reich |
| Jude | Judío | 3⁄4 judío | Pertenece a la raza y comunidad judía; no aprobado para tener la ciudadanía del Reich |
| Jude | Judío | Judío | Pertenece a la raza y comunidad judía; no aprobado para tener la ciudadanía del Reich |
| Fecha | Decreto |
|---|---|
| 15 de septiembre de 1935 | Un Mischling será considerado judío si es miembro de la comunidad religiosa judía. |
| 15 de septiembre de 1935 | Un Mischling será considerado judío si está casado con un judío. Sus hijos serán considerados judíos. |
| 17 de septiembre de 1935 | Un niño mestizo que nazca de un matrimonio con un judío, cuya fecha de matrimonio sea posterior al 17 de septiembre de 1935, será clasificado como judío. Los nacidos en matrimonios oficiados el 17 de septiembre de 1935 o antes seguirán clasificados como Mischlinge. |
| 31 de julio de 1936 | Un niño mestizo procedente de relaciones sexuales extramatrimoniales prohibidas con un judío y nacido fuera del matrimonio después del 31 de julio de 1936 será clasificado como judío. |
8 SIGLOS, 800 AÑOS, ESTUVIERON ARRAIGADOS LOS ÁRABES EN ESPAÑA, HEMOS DE PENSAR QUE TODOS, O LA GRAN MAYORÍA DE NOSOTROS TENEMOS SANGRE "MORA". SI CADA UNO DE NOSOTROS, LOS "PATRIOTAS ESPAÑOLES", PIDIERA UN ESTUDIO SOBRE SU ARBOL GENEALÓGICO, SALDRÍA QUE MÁS DE LA MITAD DE LOS PATRIOTAS ESPAÑOLES TIENEN ANTEPASADOS DE ORÍGEN ÁRABE. TOMA YA¡.
ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN QUE SE SALTAN LOS FASCISTAS ESPAÑOLES.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 27
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.....
Artículo 43
1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Artículo 47
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
ENTRE OTROS......
YO MISMO SOY DE ASCENDENCIA ÁRABE, AUNQUE LA LÍNEA POR PARTE DE MI MADRE ERA ANGLOSAJONA (OJOS AZULES Y CABELLO RUBIO). NO NECESITO RECREAR MI ÁRBOL GENEALÓGICO PARA SABERLO, ME BASTA Y ME SOBRA CON RECORDAR LOS ROSTROS DE LA LÍNEA DE ASCENDENCIA DE MI PADRE. ASENTADOS EN ANDALUCÍA DESDE HACE CIENTOS DE AÑOS QUE CONSERVAN RASGOS TOTALMENTE ÁRABES. NO SE QUÉ CANTIDAD DE SANGRE ESPAÑOLA, DE ESPAÑOLEAR, TENGO, Y QUÉ PARTE DE ÁRABE TENGO. CLARO YO DEBO PERTENECER AL MESTIZO CON 3/4 DE SANGRE ÁRABE, O NO. PERO OS JURO POR MI PATRIA, EL PLANETA TIERRA, QUE SOY ¿ QUÉ SOY? SOY UN TRUHAN SOY UN SEÑOR......SOY UN SER HUMANO, COMO LO SON LOS 500.000 CIUDADANOS ESPAÑOLES QUE HABITAN NUESTRA TIERRA Y PAGAN IMPUESTOS (PORQUE EL IVA ES EL IMPUESTO QUE TODOS PAGAMOS CUANDO VAMOS A COMPRAR ALIMENTOS. TAMBIÉN PAGAN IMPUESTOS ESPECIALES AL PAGAR LA GASOLINA, EL TABACO, O EL ALCOHOL,...ETC...ES ESPAÑOL TODO AQUEL QUE VIVE Y TRABAJA EN ESPAÑA.
Por otro lado, los cerca de 260.000 ucranianos que residen en España, QUEDAN EXCLUIDOS DE ESTA REGULARIZACIÓN:
Ciudadanos ucranianos titulares de protección temporal (aproximadamente 260.000 personas), cuyo estatus está regulado por Directiva europea de Protección Temporal (2001/55/CE), prorrogado hasta el 4 de marzo de 2027.
Para estas personas se está habilitando, en coordinación con la Unión Europea, una transición ordenada hacia las autorizaciones ordinarias del Reglamento de Extranjería antes del fin de la protección temporal.....
TRAMITACIÓN DE REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA 2026
REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA
¿POR QUÉ AHORA?
Esta decisión se adopta en este momento con el objetivo de garantizar derechos y dar seguridad jurídica a una realidad existente. La regularización reconoce y dignifica a quienes ya viven entre nosotros. Tomamos el camino que nos ha marcado la iniciativa ciudadana (Iniciativa Legislativa Popular) respaldada por más de 700.000 firmas y por una amplísima mayoría del Congreso (310 votos a favor y 33 en contra). La vía reglamentaria es hoy la más rápida, más eficaz y garantista para dar una respuesta inmediata, ordenada y plenamente conforme al marco legal español y europeo.
¿POR QUÉ NO SE TRAMITA MEDIANTE ILP?
La Iniciativa Legislativa Popular es un hito democrático incuestionable y este Gobierno la ha respaldado desde el primer día. Por ello se impulsó su toma en consideración en el Congreso, aunque ha permanecido bloqueada durante demasiados meses. Pero, ante la urgencia social y el amplio consenso político, económico y social de la medida, el Gobierno ha estudiado la vía reglamentaria para dar la oportunidad a personas que se encuentran en nuestro país de vivir con igualdad de derechos y deberes. No es una alternativa al Parlamento, es una respuesta del Gobierno dentro del marco constitucional y plenamente compatible con el debate legislativo.
¿QUÉ REQUISITOS SE PEDIRÁN? PLAZOS
El Real Decreto fija requisitos claros para garantizar la seguridad jurídica, siendo el principal acreditar una permanencia continuada de, como mínimo, cinco meses en el momento de la solicitud y haber residido en nuestro país antes del 31 de diciembre de 2025. En el caso de los solicitantes de protección internacional, bastará con que dicha solicitud se hubiera presentado antes del 31 de diciembre de 2025 y se pueda acreditar. Otro de los requisitos indispensables es carecer de antecedentes penales. La medida regulariza una realidad ya existente, con criterios razonables que aseguran el control del sistema y una integración efectiva. Se espera que las solicitudes se empiecen a presentar a principios de abril, una vez cumplidos los trámites preceptivos para aprobar definitivamente el Real Decreto, y el proceso estará abierto hasta el 30 de junio de 2026.
REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA ¿Y EL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA?
La medida es plenamente compatible y complementaria con el Reglamento de Extranjería, La reforma de 2025 establece un marco estructural y prospectivo para la gestión de la migración, pero no puede, por su propia naturaleza, resolver de forma automática situaciones de irregularidad acumuladas durante más de una década. La regularización extraordinaria actúa sobre ese stock heredado, permitiendo “poner el contador a cero” y garantizando que el nuevo marco funcione de forma eficaz, con seguridad jurídica y sin reproducir dinámicas de exclusión Los resultados avalan el modelo: en poco más de seis meses, el RLOEX ha incrementado un 11,6% los expedientes resueltos, con 90.000 más que en 2024, de los cuales el 54% se tramitaron ya con el nuevo reglamento. Además, se concedieron más de 95.000 autorizaciones por arraigo y se triplicaron las solicitudes por estudios, reflejando una política migratoria más previsible, humana y útil.
¿ESTA MEDIDA REFORZARÁ EL “EFECTO LLAMADA” O EL PAPEL DE LAS MAFIAS?
No existe efecto llamada cuando se fija un marco temporal claro, una fecha de corte definida y un plazo cerrado de solicitudes. Además, España cuenta hoy con un Reglamento de Extranjería moderno y eficaz, que refuerza las vías regulares, seguras y ordenadas. El 95% de las personas migrantes llegan ya por estas vías, y las llegadas irregulares a costas se han reducido más de un 42% en 2025. Decir que regularizar beneficia a las mafias es ignorar una realidad evidente: la irregularidad es precisamente el mejor negocio para quienes explotan personas. Regularizar es cortar ese negocio. La evidencia empírica muestra que las regularizaciones generan efectos positivos, por ejemplo, la regularización de 2005 mejoró la integración laboral y la movilidad de las personas regularizadas, incrementó la recaudación fiscal y redujo la informalidad en sectores dependientes de mano de obra migrante. Además, los estudios disponibles concluyen que este proceso no generó un efecto llamada.
REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA ¿CUÁL ES EL IMPACTO LABORAL?
La autorización de residencia habilita automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector, eliminando trabas administrativas tanto para la persona trabajadora como para el empleador. La autorización que se concede tiene una vigencia inicial de un año. Transcurrido ese plazo, las personas deberán incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería. De hecho, la población migrante en España supone una gran fuerza laboral para nuestro mercado de trabajo y economía. No obstante, la mayoría ya trabaja, aunque muchas lo hacen hoy en condiciones de informalidad o precariedad administrativa. La regularización ordena situaciones laborales ya existentes, permitiendo que ese trabajo se realice con derechos, cotización y seguridad jurídica. Los datos avalan esta realidad. Desde la reforma laboral, hay 800.000 personas extranjeras afiliadas más a la Seguridad Social, y casi un millón más que antes de la pandemia. En 2025, España cerró con más de 3,1 millones de personas extranjeras afiliadas, un máximo histórico, que representa ya el 14,1% del total de cotizantes. Además, la contribución no se limita al empleo asalariado. En 2025, el 77% de las nuevas altas en el trabajo autónomo correspondieron a personas de origen extranjeros. Los datos demuestran algo fundamental, y es que la aportación su aportación es estructural, no coyuntural. Sostiene el empleo, refuerza el sistema de pensiones y contribuyen a la prosperidad compartida. Esta regularización se hace para reconocer derechos, y desde ahí permitir una integración laboral plena, libre y digna. La medida permite regularizar la situación de miles de personas que ya forman parte de nuestras comunidades. Son vecinos y vecinas, y trabajadoras y trabajadores en sectores esenciales como el cuidado, la agricultura o la hostelería, que contribuyen diariamente a la vida económica y social de barrios y municipios.
REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA AÑO PRESIDENTE EN CARGO SOLICITUDES CONCEDIDAS
1986 Felipe González 38.294
1991-92 Felipe González 114.423
1996 Felipe González 21.294
2000 José María Aznar 264.153
2001 José María Aznar 239.174
2005 José Luis R. Zapatero 576.506
2026 Pedro Sánchez 500.000 (estimación)
Las regularizaciones extraordinarias son una práctica consolidada de gestión migratoria. Desde finales de los años 80, España ha aprobado varios procesos de este tipo, entre los cuales destacan dos impulsados por el Partido Popular (2000 y 2001) y cuatro por el Partido Socialista (1986, 1991, 1996 y 2005). Los gobiernos de Aznar regularizaron a más de medio millón de personas. A nivel de la UE se han realizado más de 40 regularizaciones desde los años 90, las últimas en Italia y Portugal en 2020 y 2021.
REGULARIZACIONES ANTERIORES: CIFRAS REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA RESUMEN
1.- Un sistema que apuesta por una migración ordenada: la regularización extraordinaria forma parte de una estrategia coherente de política migratoria orientada a promover una migración legal, segura y ordenada. Esta estrategia incluye la apuesta por la movilidad laboral y la contratación en origen, así como la reforma del reglamento de extranjería para facilitar los procedimientos de arraigo y el acceso a la formación. Además, es un paso previo para el lanzamiento de un Plan de Integración que fue anunciado por el Presidente y que el MISSMI ha venido trabajando durante el último año.
2.- La medida se articula de forma plenamente legal mediante un Real Decreto que respeta íntegramente el espíritu de la Iniciativa Legislativa Popular. No sustituye el debate democrático, sino que da una respuesta a una realidad que afecta a miles de personas en nuestro país. La regularización reconoce y dignifica a quienes ya viven entre nosotros.
3.- Se trata de una regularización excepcional y con plazos muy definidos, pensada para dar seguridad jurídica y evitar incertidumbres. Establece requisitos claros, siendo el principal acreditar una permanencia continuada de, como mínimo, cinco meses en el momento de la solicitud y haber residido en nuestro país antes del 31 de diciembre de 2025.
4.- La medida es plenamente compatible con el nuevo Reglamento de Extranjería, que moderniza el sistema y facilita la integración social y laboral a medio y largo plazo. La regularización permite su integración plena: pueden cotizar, pagar impuestos y acceder a derechos como la sanidad o la educación, asumiendo las mismas obligaciones que el resto de la ciudadanía.
5.- La autorización concedida habilita automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector, eliminando trabas administrativas tanto para la persona trabajadora como para el empleador.
6.- Finalmente, la evidencia empírica muestra que las regularizaciones generan efectos positivos mejorando la integración laboral y la movilidad de las personas regularizadas, incrementando la recaudación fiscal y reduciendo la informalidad. Esta evidencia muestra que la medida no genera efecto llamada ni beneficia a las mafias; al contrario, regularizar es precisamente la forma más eficaz de acabar con un negocio que se alimenta de la irregularidad.
Resumen ejecutivo
El 16 de abril de 2026 dará comienzo un proceso extraordinario de regularización dirigido a las personas extranjeras que ya residen en el país en situación administrativa irregular. La medida se articula mediante una modificación del Real Decreto 1155/2024, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería, y estará abierta hasta el 30 de junio de 2026. Se estima que habrá en torno a 500.000 personas potencialmente beneficiarias, que podrán acceder a una autorización de residencia y trabajo de un año de vigencia inicial. Las personas potencialmente beneficiarias ya forman parte del tejido económico y social de España. Conviven en nuestros barrios, cuidan a nuestros mayores, contribuyen a recoger los alimentos que llegan a nuestras mesas y sostienen sectores clave de nuestra economía. De hecho, casi 100.000 de ellas ya trabajan y cotizan en la seguridad social. Para quienes aún operan en la economía sumergida, obtener un permiso de residencia supondrá el paso a la economía formal. Muchos de ellos contribuirían a cubrir algunas de las 156.000 vacantes de empleo en sectores con demanda estructural no cubierta como la hostelería, la construcción o el comercio. Los efectos esperables de la regularización sobre los servicios públicos o el empleo son positivos. La mayoría de las personas beneficiarias ya residen en España y están incluidas en los cálculos de financiación autonómica, por lo que la demanda de servicios públicos se mantendrá estable. Además, la evidencia disponible tanto del caso español como en otros países descarta efectos negativos sobre el empleo nativo y documenta efectos positivos en la recaudación fiscal. El anuncio de la regularización no ha incrementado la migración irregular. De hecho, las llegadas a España se han reducido un 48,1% en el primer trimestre de 2026.
El proceso de regularización se ha diseñado con una capacidad superior a la demanda estimada. Se ha previsto la tramitación de hasta 752.250 expedientes en todo el territorio, frente a una estimación de 500.000 potenciales beneficiarios.
1 1. Personas beneficiarias
El número estimado de potenciales beneficiarios asciende a 500.000 personas, distribuidas en dos colectivos diferenciados contemplados en las disposiciones transitorias quinta y sexta del Real Decreto 1155/2024.
Por un lado, se incluyen alrededor de 300.000 solicitantes de asilo pendientes de resolución a los que se suman aquellos pendientes de recurso (Disposición Adicional 20).
Por otro, alrededor de 200.000 personas en situación administrativa irregular que acreditan una presencia en España de al menos cinco meses a 31 de diciembre de 2025 (Disposición Adicional 21). La estimación de este segundo colectivo se basa en el análisis de la media de regularizaciones sin trámite previo observada en los mecanismos de arraigo durante el periodo 2023–2025, aplicando criterios técnicos consistentes con el comportamiento histórico del sistema de extranjería.
1.1. Otras situaciones administrativas no incluidas en el proceso extraordinario de regularización
El alcance del Real Decreto excluye expresamente tres grupos para evitar duplicidades, agravios comparativos y solapamientos con otros procedimientos:
• Personas con autorización de residencia o estancia en vigor, o que se encuentren en proceso de renovación o prórroga.
• Ciudadanos ucranianos titulares de protección temporal (aproximadamente 260.000 personas), cuyo estatus está regulado por Directiva europea de Protección Temporal (2001/55/CE), prorrogado hasta el 4 de marzo de 2027.
Para estas personas se está habilitando, en coordinación con la Unión Europea, una transición ordenada hacia las autorizaciones ordinarias del Reglamento de Extranjería antes del fin de la protección temporal.
• Personas con una autorización de arraigo en trámite (aproximadamente 180.000 expedientes pendientes a 31 de diciembre de 2025). Para evitar agravios comparativos, el Real Decreto prevé una pasarela automática que resolverá favorablemente los expedientes con los mismos requisitos exigidos a la DT5ª y DT6ª.
2. Perfil sociodemográfico de los potenciales beneficiarios
Para una gestión e integración eficaces de las personas beneficiarias, resulta clave conocer su perfil sociodemográfico, ya que variables como la edad, el nivel educativo, la situación familiar o la experiencia laboral condicionan sus necesidades y sus trayectorias vitales, permitiendo así diseñar políticas públicas más ajustadas, anticipar la demanda de servicios y mejorar la coordinación institucional. Se trata de un colectivo heterogéneo, aunque con perfiles identificables.
En el caso de los solicitantes de asilo incluidos en la Disposición Adicional 20, su caracterización está bien documentada: presentan una distribución equilibrada por sexo y una concentración predominante en grandes áreas metropolitanas, como Madrid, Barcelona y Sevilla.
Perfil de solicitantes de asilo de la DA20.
53% hombres
47% mujeres
En edad laboral (16-64 años) 65%
De afiliación media entre personas en edad de trabajar (16-64 años)
Fuente: Estimaciones propias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones usando información del Registro Censal de Extranjeros.
En segundo lugar, para la vía de la DA21, el perfil de los solicitantes se infiere del histórico de los flujos y ritmos de regularización de las personas que han adquirido la autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo en los últimos tres años, cuando no existe un trámite previo concedido. Se trata de la principal autorización de residencia por la que miles de personas acceden a la regularidad administrativa y permite aproximar los principales datos sociodemográficos de las personas extranjeras en situación irregular que podrían ser beneficiarias de la DA21. Se caracterizan por ser una población ligeramente más femenina (52%), procedente de América Central y del Sur (73%), África (21%) y Asia (3%), e insertada en sectores con alta demanda de mano de obra como la construcción, la hostelería o los servicios domésticos.
1 Una buena parte de quienes van a beneficiarse de esta medida ya están trabajando en nuestro país. De los solicitantes de asilo de la DA20, 98.003 personas están hoy en alta
1Para más información sobre las personas que han adquirido la autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo en los últimos tres años, véase: Observatorio Permanente de la Inmigración. Personas con autorización de residencia por arraigo en vigor. Disponible en: https://www.inclusion.gob.es/web/opi/estadisticas/productos_servicios/infografias/stock_arraigo. [Último acceso: 10 de abril de 2026].
3 laboral en la Seguridad Social (65% del total). En el caso de la DA21, el perfil histórico de quienes acceden al arraigo muestra que el 55% de los mayores de 16 años cotiza a las Seguridad Social. Además, para este grupo, su afiliación a la seguridad social ha aumentado un 39,1% en el último año.
Sin embargo, el porcentaje de cotizantes se eleva al 61% si se computa el total de las personas en edad de trabajar (16-64 años). La edad media las personas afiliadas con autorización de arraigo es de tres años, y los sectores de actividad predominantes son la hostelería (17%), las actividades administrativas (14%), la construcción (13%) y el comercio (13%).
2 . Perfil de solicitantes potenciales de asilo de la DA21.
52% mujeres
48% hombres
En edad laboral (16-64 años) 61%
De afiliación media entre personas en edad de trabajar (16-64 años)
Fuente: Elaboración propia del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a partir de los datos de las autorizaciones de residencia por arraigo en vigor del cuarto trimestre de 2025.
La tendencia es clara y sostenida: desde enero de 2023, más de 100.000 nuevas afiliaciones corresponden a personas que accedieron al arraigo. El tipo de contrato más frecuente en este colectivo es el indefinido a tiempo completo (46%), seguido del indefinido a tiempo parcial (19%) y el fijo discontinuo (11%).
3 Los solicitantes de asilo ya forman parte del tejido laboral del país. La regularización permite reconocer administrativamente su situación y facilita su integración e inclusión social.
Otros datos del perfil de los potenciales beneficiarios de la regularización extraordinaria. 98.003 61% +100.000 46% solicitantes de asilo (DT5ª) ya en alta laboral — conservarían su empleo sin interrupción de titulares de arraigo ya afiliados a la SS de las personas en edad de trabajar (16-64 años) nuevas afiliaciones desde 2023 de personas que accedieron al arraigo de los contratos son indefinidos a tiempo completo — el tipo más frecuente
Fuente: Estimaciones propias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones usando datos de afiliación y alta a la Seguridad Social de la Tesorería General de la Seguridad Social. 2Para más información sobre las personas afiliadas con autorización de arraigo y sus ocupaciones, véase: Observatorio Permanente de la Inmigración. Personas con autorización de residencia por arraigo en vigor. Disponible en: https://www.inclusion.gob.es/web/opi/estadisticas/productos_servicios/infografias/stock_arraigo. [Último acceso: 10 de abril de 2026].
3. Impactos potenciales de la regularización en servicios públicos, empleo y acceso a la vivienda
3.1. Empleo: lo que dice la evidencia empírica
La regularización extraordinaria afecta a personas que en su gran mayoría ya trabajan y su nueva situación administrativa mejorará la afiliación. Cabe esperar tres efectos principales de la regularización: aumentos de la afiliación de quienes pasan de empleo informal a formal, nuevas afiliaciones de quienes se activarán laboralmente por su situación administrativa, y mejoras intensivas entre las personas ya afiliadas (más horas, más estabilidad). Como se ha documentado en la sección anterior, 98.003 solicitantes de asilo de la DT5ª ya están en alta laboral, el 61% de los titulares de arraigo en edad de trabajar ya están afiliados a la Seguridad Social, y desde 2023 más de 100.000 nuevas afiliaciones corresponden a personas que han accedido a alguna figura de regularización.
4 Lo relevante es analizar los efectos de transformar el trabajo informal en trabajo formal para todos los trabajadores, el comportamiento de los salarios y de las cuentas públicas.
La evidencia empírica disponible es concluyente en tres direcciones. En primer lugar, la regularización tiende a mejorar el empleo y los salarios en el conjunto del mercado laboral. La evidencia disponible muestra que este tipo de procesos no perjudican a los trabajadores locales. Por ejemplo, un estudio sobre la regularización española de 2005 concluye que no redujo ni el empleo ni los salarios de los trabajadores nativos con menor cualificación. De hecho, también observó mejoras en el empleo y los salarios de los trabajadores más cualificados.
5 Esto se explica, en parte, por lo que se conoce como “efecto de complementariedad”, que puede entenderse de forma sencilla: distintos tipos de trabajadores no compiten directamente entre sí, sino que se apoyan. Por ejemplo, cuando aumenta el número de trabajadores en ocupaciones básicas o de apoyo, se facilita que otros trabajadores — con mayor cualificación— puedan centrarse en tareas más productivas, lo que mejora su rendimiento y sus ingresos. Además, al regularizar a personas que ya estaban trabajando en la economía informal, (4Para más información sobre las nuevas afiliaciones de las personas que han accedido a alguna figura de regularización, véase: Observatorio Permanente de la Inmigración. Personas con autorización de residencia por arraigo en vigor. Disponible en: https://www.inclusion.gob.es/web/opi/estadisticas/productos_servicios/infografias/stock_arraigo [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 5Para más información sobre el efecto en el empleo de la regularización española de 2005, véase: Elias, F., Monras, J., y Vázquez-Grenno, J. (2025). Understanding the effects of granting work permits to undocumented immigrants. Journal of Labor Economics, 43(3), 763-802. Disponible en: https://doi.org/10.1086/730122 [Último acceso: 10 de abril de 2026]. Para más información sobre la regularización francesa de 1981, véase: Borjas, G. J., y Edo, A. (2023). Monopsony, efficiency, and the regularization of undocumented immigrants (No. w31457). National Bureau of Economic Research. Disponible en: https://doi.org/10.3386/w31457 [Último acceso: 10 de abril de 2026].)
se corrige una situación en la que algunos empleadores podían pagar salarios más bajos aprovechando su situación irregular. Al desaparecer esa posibilidad, se igualan las condiciones y se reduce la presión a la baja sobre los salarios del conjunto de trabajadores.
Segundo, la regularización permite cubrir vacantes que el mercado no logra ocupar. La economía española convive hoy con entre 156.000 sin cubrir, mayoritariamente en el sector de los servicios, pero también en la construcción y el sector primario.
Una dificultad que no es coyuntural: el 45,6% de las empresas españolas declara la escasez de mano de obra como un factor que limita su actividad, un porcentaje que lleva años en aumento y que en hostelería, agricultura o construcción supera el 56%.
7 Estas son precisamente las áreas donde se concentra el empleo de la mayoría de las personas que se beneficiarán de la regularización:
el 17% de los titulares de arraigo en activo trabaja en hostelería,
el 13% en construcción
y otro 13% en comercio.
La regularización no introduce por tanto competencia donde no la había: ordena y formaliza una contribución que ya se está dando en sectores donde la demanda estructural supera a la oferta de trabajadores disponible. Y lo hace sin perjuicio para los trabajadores nativos: como ha señalado la propia Unión Europea, aprovechar el potencial de la inmigración para mantener sectores estratégicos con vacantes de difícil cobertura es una de las palancas centrales de competitividad de las economías europeas avanzada.
Tercero, la regularización aumenta la recaudación fiscal y refuerza el sistema de pensiones. Los mismos estudios que documentan la ausencia de efectos negativos sobre el empleo nativo, encuentran efectos positivos claros sobre las cuentas públicas. En el caso español, la regularización de 2005 generó más de 4.400 euros anuales por persona regularizada a través del IRPF y cotizaciones.
En el contexto demográfico actual de España, con una tasa de fecundidad de 1,1 hijos por mujer y una proyección de que el (Para más información sobre el número de vacantes por sectores de actividad, véase: INE. Encuesta Trimestral de coste laboral. Disponible en: https://www.ine.es/dyngs/INEbase/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736045053&menu=resultados&id… [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 7Para más información sobre las percepciones de las empresas españolas sobre escasez de mano de obra, véase: Cerezo, A. F., Izquierdo, M., & Posada, D. (2025). Encuesta a las empresas españolas sobre la evolución de su actividad: tercer trimestre de 2025. Boletín Económico, (2025/T3). Disponible en: https://doi.org/10.53479/40645 [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 8Para más información sobre las ocupaciones de los titulares de arraigo, véase: Observatorio Permanente de la Inmigración. Personas con autorización de residencia por arraigo en vigor. Disponible en: https://www.inclusion.gob.es/web/opi/estadisticas/productos_servicios/infografias/stock_arraigo [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 9Para más información sobre las propuestas de la Comisión Europea, véase: Comisión Europea (2023). Commission proposes new measures on skills and talent to help address critical labour shortages. Nota de prensa: 15 de noviembre de 2023. Disponible en: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_23_5740 [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 10 Para más información sobre el efecto de la regularización de 2005 sobre los servicios públicos, véase: Elias, F., Monras, J., y Vázquez-Grenno, J. (2025). Understanding the effects of granting work permits to undocumented immigrants. Journal of Labor Economics, 43(3), 763-802. Disponible en: https://doi.org/10.1086/730122. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. Para más información sobre el caso francés, consulte: Borjas, G. J., y Edo, A. (2023). Monopsony, Efficiency, and the Regularization of Undocumented Immigrants (No. w31457). National Bureau of Economic Research. Disponible en: https://doi.org/10.3386/w31457 [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 6 30% de la población supere los 65 años en 2050, la incorporación de personas en edad de trabajar 12 el sistema fiscal y ampliar la base de cotización asegurando la sostenibilidad del sistema. Estimaciones recientes de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia apuntan a que, de aquí a 2075, un escenario de baja migración pondría en riesgo servicios esenciales: el número de médicos especialistas podría caer un 28%, una de cada cuatro aulas de educación obligatoria podría cerrar por falta de demanda, y la oferta de cuidados de larga duración a personas mayores dependientes podría reducirse casi un 30%.11 3.2. Acceso a servicios públicos Las personas beneficiarias de la regularización ya residen en el país y utilizan de forma habitual servicios públicos como la sanidad, la educación o los servicios sociales. La diferencia que introduce la regularización no es tanto en el uso, sino en dos aspectos clave: por un lado, pasan de una situación administrativa irregular a una regular, lo que ordena y clarifica su acceso; y, por otro, comienzan a contribuir de manera más plena a la financiación de estos servicios. Las necesidades de financiación del gasto autonómico se calculan sobre la base de factores demográficos y geográficos, siendo el padrón municipal la base de todas las estimaciones. Los datos del padrón son la fuente para los cálculos de la demanda de plazas en colegios públicos y de camas hospitalarias, así como del reparto de recursos del sistema de financiación autonómica. Y el padrón recoge a todos los residentes con independencia de su situación administrativa: una persona en situación irregular puede y debe empadronarse. En consecuencia, la mayoría de las personas que se beneficiarán de la regularización extraordinaria ya están contabilizadas en los cálculos actuales para la financiación de los servicios públicos. Además, la evidencia empírica disponible de la regularización española de 2005 concluye que esta no tuvo ningún efecto significativo ni en las matriculaciones en la educación pública, ni en las altas hospitalarias.12 Lo que sí cambia, y de forma sustancial, es la balanza de las aportaciones: las personas regularizadas pasan de usar los servicios públicos sin cotizar formalmente a financiarlos con sus impuestos y contribuciones. La evidencia empírica de la regularización española de 2005 es contundente en este sentido: cada persona regularizada generó más de 11 Para más información sobre el indicador coyuntural de fecundidad, véase: INE. Indicadores de demografía básicos. Disponible en: https://www.ine.es/dynt3/inebase/index.htm?padre=1149&capsel=2043. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. Para más información sobre las proyecciones de población en España, véase: INE. Proyecciones de población. Disponible en: https://www.ine.es/dynt3/inebase/index.htm?padre=6671&capsel=6688. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. Para más información sobre las estimaciones, véase: Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia. (2026). España ante el reto migratorio: dos futuros posibles. Disponible en: https://futuros.gob.es/nuestro-trabajo/reto-migratorio [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 12 Para más información sobre el efecto de la regularización de 2005 sobre los servicios públicos, véase: Elias, F., Monras, J., y Vázquez-Grenno, J. (2025). Understanding the effects of granting work permits to undocumented immigrants. Journal of Labor Economics, 43(3), 763-802. Disponible en: https://doi.org/10.1086/730122. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 7 4.400 euros anuales en IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social.13 Aplicado al volumen estimado de la presente regularización, el efecto sobre los ingresos públicos es estructuralmente positivo y persistente en el tiempo. 3.3. Igualdad de condiciones administrativas para el acceso a la vivienda El razonamiento aplicable a los servicios públicos es extrapolable al mercado de la vivienda, con un matiz adicional. Las personas que se beneficiarán de la regularización ya viven en España, ya pagan un alquiler o comparten vivienda, y ya forman parte de la demanda residencial actual. La regularización simplemente cambia el estatus administrativo de quienes ya habitan las viviendas existentes. La regularización no da acceso a vivienda social ni a ayudas de vivienda específicas para colectivos migrantes. Las personas regularizadas seguirán accediendo, como hasta ahora, al mercado privado de la vivienda. Según el INE, el porcentaje de hogares en alquiler entre la población extranjera es cinco veces superior al de los hogares de nacionales y afrontan mayores problemas de hacinamiento, peor estado de las viviendas y mayor esfuerzo económico para cubrir los gastos.14 La regularización da a las personas beneficiarias herramientas básicas para estabilizar su situación residencial con seguridad jurídica: poder firmar un contrato de alquiler con su nombre, tener una nómina que presentar como aval o abrir una cuenta bancaria para domiciliar el pago. Es decir, ordenar relaciones de vivienda ya existentes con garantías legales y administrativas y reducir el margen para abusos y arbitrariedades en el acceso a una vivienda. 4. El Estado actual de los flujos migratorios Los datos disponibles de los flujos migratorios actuales, así como los de las experiencias previas y la evidencia académica acumulada, permiten descartar la hipótesis de un aumento de llegadas irregulares tras una regularización. Por lo tanto, la idea de que regularizar a quienes ya están en situación irregular incentiva a nuevas personas a emprender el viaje hacia España, generando un aumento de llegadas irregulares en los meses posteriores al anuncio, se puede descartar con un grado alto de certeza. De hecho, si ese efecto existiera, debería observarse un repunte inmediato tras el anuncio de la regularización. Sin embargo, los datos del Ministerio del Interior muestran exactamente lo contrario. Las llegadas irregulares entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026 son menores que en los mismos meses del año pasado. De hecho, se han reducido un 48,1% respecto al mismo periodo del año anterior, pasando de 11.988 a 13 Ídem 14 Para más información sobre hogares según régimen de tenencia de la vivienda, véase: INE. Encuesta de Características Esenciales de la Población y las Viviendas. Disponible en: https://www.ine.es/dynt3/inebase/index.htm?padre=8981&capsel=9570. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 8 6.218 personas. Tanto en términos absolutos como en términos porcentuales, la tendencia en los primeros meses de 2026 es de fuerte descenso.15 La comparación con otras rutas migratorias europeas refuerza el mismo diagnóstico. Si existiera un aumento en los flujos migratorios irregulares específicamente español derivado del anuncio de la regularización, deberíamos observar un aumento diferenciado en las llegadas a España a través de la ruta del Mediterráneo Occidental o África Occidental respecto a las llegadas por las demás rutas migratorias hacia el resto de Europa, como la de Italia (Mediterráneo Central). Los datos de Frontex, la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, no muestran esa anomalía: las llegadas irregulares a España se han mantenido estables.16 Gráfico 1. Evolución de llegadas irregulares a España. Fuente: Elaboración propia propias usando datos del Ministerio del Interior (Trimestres 1 del año 2025 y 2026). El precedente más relevante para evaluar el posible comportamiento futuro de los flujos migratorios es la regularización extraordinaria de 2005 que afectó a más de 577.000 personas. Si la hipótesis fuera correcta, los años inmediatamente posteriores a 2005 deberían mostrar un aumento significativo de las llegadas respecto a los años anteriores. 15 Para más información sobre las llegadas recientes de inmigrantes irregulares, véase: Ministerio del Interior (2026). Informe quincenal: Inmigración irregular 2026 (Datos acumulados 1 enero al 31 de marzo). Disponible en: https://www.interior.gob.es/opencms/export/sites/default/.galleries/galeria-de prensa/documentos-y-…. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 16 Para más información sobre las otras rutas migratorias europeas, véase: Frontex. Detections of illegal border-crossings statistics. Disponible en: https://www.frontex.europa.eu/what-we do/monitoring-and-risk-analysis/migratory-map/. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 9 Gráfico 2. Comparación de llegadas irregulares por ruta migratoria europea, 2025 2026. Fuente: Elaboración propia usando datos de FRONTEX (detecciones de cruces ilegales de fronteras). Los datos muestran lo contrario: la variación media del número de personas extracomunitarias en los años posteriores a la regularización es inferior a la media de los años anteriores. El patrón histórico no respalda un cambio de flujos migratorios irregulares tras la regularización de 2005.17 La ausencia de un aumento observable en los flujos migratorios irregulares no es un accidente estadístico ni una particularidad del momento actual o del caso español: es un hallazgo robusto y reiterado en la literatura científica sobre regularizaciones migratorias. Diversos estudios académicos que han analizado esta cuestión en diferentes países concluyen que no hay una relación entre procesos de regularización y un incremento en los flujos migratorios. Por ejemplo, un estudio sobre la regularización estadounidense de 1986, que afectó a casi tres millones de personas, documenta como tras la regularización las capturas de inmigrantes irregulares en la frontera con México no solo cayeron, sino que al poco tiempo volvieron a las tendencias previas, sin que la medida generase un repunte sostenido en los flujos de inmigración irregular.18 Es decir, ni siquiera a nivel individual y subjetivo se observa un cambio en la intencionalidad de emigrar tras conocer la existencia de un proceso de regularización en otro país.19 17 Para más información sobre las llegadas de inmigrantes irregulares tras la regularización del 2005, véase: Ministerio del Interior (2007). Balance de lucha contra la inmigración ilegal. Disponible en: https://www.interior.gob.es/opencms/es/prensa/balances-e-informes. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 18 Para más información sobre los efectos de la regularización de 1985 en Estados Unidos, véase: Orrenius, P.M. y Zavodny, M. (2003). Do amnesty programs reduce undocumented immigration? Evidence from Irca. Demography, 40(3): 437–450. Disponible en: https://doi.org/10.1353/dem.2003.0028 .[Último acceso: 10 de abril de 2026]. 19 Para más información sobre el efecto de una regularización sobre la intención de migrar, véase: 10 Gráfico 3.
Número de personas extranjeras no comunitarias antes y después de la regularización de 2005. Fuente: Elaboración propia a partir de la Estadística Continua de Población (ECP) del INE. La razón económica de fondo es relativamente sencilla. Las decisiones migratorias son costosas, arriesgadas y de largo plazo: implican un viaje peligroso, una inversión económica significativa y, a menudo, la separación de la familia y de la comunidad de origen.20 Las personas que emprenden este tipo de viajes no lo hacen por la expectativa difusa de un proceso de regularización futuro, entre otras razones porque las regularizaciones extraordinarias, por definición, exigen acreditar una permanencia previa en el país anterior a una fecha de corte, en este caso el 31 de diciembre de 2025.
Quien llegara a España después de esa fecha no podría acogerse a este proceso. La fecha de corte es, en sí misma, el mecanismo que neutraliza cualquier incentivo de llegada posterior al anuncio.
La regularización extraordinaria: un proceso ordenado y bien dimensionado
El proceso de regularización extraordinaria ha sido diseñado para responder a tres exigencias: garantizar la seguridad jurídica de las personas solicitantes, asegurar la capacidad administrativa para tramitar un volumen elevado en un periodo corto, y (Wong, T.K. y Kosnac, H. (2017). Does The Legalization of Undocumented Immigrants in the US Encourage Unauthorized Immigration from Mexico? An Empirical Analysis of the Moral Hazard of Legalization. International Migration, 55(2): 159-173. Disponible en: https://doi.org/10.1111/imig.12319. [Último acceso: 10 de abril de 2026]. 20 Para más información sobre la toma de decisiones migratorias, véase: Dubow, T. y Kuschminder, K. (2022). Family Strategies in Refugee Journeys to Europe. Journal of Refugee Studies, 34(4), 4262-4278. Disponible en: https://doi.org/10.1093/JRS/FEAB018. [Último acceso : 10 de abril de 2026]. REACH (2017). Separated Families: who stays, who goes and why? Decision-making and its consequences for families separated by mixed migration. Mixed Migration Platform. Disponible en: https://mixedmigration.org/wp content/uploads/2018/05/038_separated-families.pdf. [Último acceso : 10 de abril de 2026]). mantener en todo momento el control del sistema. Para ello se han fijado requisitos claros, plazos tasados y una red de gestión territorializada y dimensionada con criterios previsores antes de la entrada en vigor del Real Decreto.
Primero se ha realizado una proyección de potenciales solicitantes por provincias basada en datos reales. La distribución territorial de los expedientes se ha calculado mediante una ponderación del número de procedimientos de protección internacional y de arraigo presentados en 2025 en cada provincia sobre el total nacional. Sobre la estimación de 500.000 beneficiarios potenciales, se proyecta una carga potencial total de 752.250 expedientes a tramitar, un 150% sobre el número de beneficiarios. Este margen es deliberadamente amplio para poder absorber solicitudes duplicadas e incumplimientos de requisitos.
La experiencia de la regularización extraordinaria dirigida a las personas extranjeras afectadas por la DANA de finales del 2024, donde se recibieron un 143% de solicitudes en relación con los beneficiarios finales, avala esta proyección. La distribución de los potenciales beneficiarios presenta un patrón territorial concentrado, con una acumulación significativa en los grandes núcleos urbanos; en particular, Madrid y Barcelona concentrarían en torno al 33% del total (126.000 y 124.500 expedientes, respectivamente), seguidas por Valencia, Alicante, Murcia y Málaga, que suman otro 22%.
En las provincias que asuman el 1,5% o más del total, se aplicará un modelo de gestión reforzado. El resto del territorio cuenta con un procedimiento general de cobertura que garantiza una oficina mínima de cada órgano participante en cada capital de provincia. A partir de esta proyección se ha calculado el umbral mínimo de citas presenciales que cada provincia debe garantizar mes a mes, asumiendo una distribución temporal que concentra la presión al inicio y al final del periodo (45% en abril, 25% en mayo, 30% en junio).
Estos umbrales constituyen el suelo de oferta que cada territorio debe asegurar, y el sistema cuenta con monitorización en tiempo real para detectar provincias tensionadas y reasignar recursos. También se ha desplegado una red presencial dimensionada por encima de la demanda esperada. Este despliegue asume que el 50% de los expedientes podrían iniciarse mediante cita previa presencial, cuando la experiencia previa más reciente, la regularización extraordinaria de la DANA, muestra que solo el 14% se tramitó por esta vía, y el 86% restante se canalizó de forma telemática.
Sobredimensionar la red presencial es una decisión consciente y precavida: garantiza que ningún solicitante quede fuera por contingencias o barreras de acceso en los canales telemáticos. Sobre estas estimaciones se ha tejido una red compuesta por más de 330 puestos de trabajo en oficinas de Extranjería y de la Seguridad Social, con refuerzo en las nueve provincias de mayor demanda y con al menos una sede por provincia, complementadas por 373 oficinas de Correos distribuidas en capitales de provincia y municipios de más de 50.000 habitantes, con posibilidad de ampliación a localidades menores donde la demanda lo requiera.