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Dilluns, 29 abril 2024

Asociación Cultural Las Afueras
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Derecho a reducción en la cuota de las últimas 4 declaraciones de IRPF para todas aquellas personas que estén cobrando una pensión de jubilación y hubieran estado cotizando a una mutualidad laboral hasta el año 1978.

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Por la sentencia del Tribunal Supremo 707/2023 para compensar la cotización a las mutuas laborales hasta el año 1978 (fecha en que se estableció el IRPF), las personas jubiladas tendrán derecho hasta un descuento del 25% por ciento de las cantidades aportadas a las mutuas entre 1967 y 1978 en la declaración de IRPF de los últimos 4 ejercicios y siguientes. El cálculo ha de hacerlo la Agencia Tributaria.

La sentencia hace referencia exclusivamente a los antiguos mutualistas de Banca, pero por extensión acabará extendiéndose a otros sectores incluidos los funcionarios mediante segundas sentencias. Desde algunos sindicatos y bufetes de abogados se aconseja presentar ya reclamación para no perder ejercicios de IRPF con derecho a devolver. Actualmente y hasta el 30 de junio de 2023, el ejercicio de IRPF correspondiente al año 2019. Otra cosa es que la Agencia Tributaria reconozca ya el derecho y abone la cantidad que corresponda o se espere a futuras sentencias.

Para tener derecho a la compensación se deben cumplir los siguientes requisitos:

• Ser persona que cobre actualmente una pensión de jubilación.

• Haber cotizado a alguna mutua laboral hasta el año 1978 incluido. En el caso de los funcionarios adscritos entonces a MUFACE, provenir de anteriores mutuas (como la Mutua de catedráticos de institutos o el Montepío del Cuerpo de Policías) y haberse integrado en un Fondo Especial de MUFACE, no en el fondo general.

• Haber presentado autoliquidación de IRPF (declaración de la Renta) durante alguno de los ejercicios 2019 y siguientes.

¿Dónde presentar la reclamación?

Se puede presentar:

• Presencialmente en cualquier delegación de la Agencia Tributaria

• Online en el registro electrónico de la Agencia Tributaria (hace falta certificado electrónico o autorización cl@ve) Es aconsejable adjuntar a la reclamación justificación de haber sido mutualista, pero no es imprescindible porque es diccil guardar documentación de entonces.

Hay varias vías:

• A veces aparece en la Vida laboral, que se obtiene online con mucha facilidad. hfps://sp.seg-social.es/PGIS/Login

• También se puede solicitar certificación a la empresa de entonces, si aún existe. Pero no está obligada a hacerlo.

• En el caso de los funcionarios, se puede pedir a través de la página web de MUFACE.hfps://www.muface.es/muface_Home/atencion-almutualista/Formulario.html De hecho, MUFACE ya está enviando o ha enviado estos certificados según su web hfps://www.muface.es/muface_Home/muface_comunicacion/hemerotecanoticias/2023/Noviembre-2023/Fondo-especial-cer9ficados.html

Existen por internet multitud de reclamaciones preparadas por sindicatos y páginas jurídicas, os pasamos una a con9nuación que se puede presentar online o presencialmente en cualquier Agencia Tributaria excepto en el País Vasco y Navarra, en estas autonomías hay que dirigirlas a las Agencia Forales respec9vas.

Comisión de Legal

Enero 2024


Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones (COESPE)

Esta Coordinadora de ámbito estatal, formada por diferentes colectivos sociales, fue creada con el objetivo de defender uno de nuestros derechos históricos más sensibles y necesarios para las familias trabajadoras, tanto por cuenta ajena como autónomos: el actual Sistema Público de Pensiones.

La Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones (COESPE) se ha constituido en la movilización por la defensa del sistema público de pensiones, contra los intereses del capital financiero, la patronal   y los gobiernos que propongan leyes en contra de los intereses de la ciudadanía. La situación del movimiento de pensionistas está determinada por la movilización en la calle a lo largo de todo el territorio en una gran cantidad de localidades repartidas por todo el territorio del Estado

Exigimos pensiones públicas dignas, retornar, de entrada, a la jubilación a los 65 años y reclamar la jubilación ordinaria a los 60 años, garantizar la revalorización de las pensiones como mínimo con el IPC real, recuperar la paga compensatoria en enero en función de ese mismo IPC, así como la derogación de las reformas de pensiones 2011, que conducen a una reducción de la pensión cercana al 40% y la derogación de las reformas laborales que precarizan el trabajo rebajando salarios y cotizaciones sociales. Sin salarios dignos no habrá pensiones dignas.

Estamos contra la privatización de las pensiones y los servicios públicos. Defendemos el sistema público de reparto, que ha sido y debe continuar siendo nuestro modelo, basado en las cotizaciones sociales y por el aumento de las pensiones mínimas, igualándolas al SMI, y éste en función de los requisitos de la Carta Social Europea. La necesidad de subir las pensiones mínimas es urgente, pensiones mínimas de poco más de 400 euros son pensiones de miseria.

Las cotizaciones sociales de la Seguridad Social pertenecen a las personas trabajadoras en activo y a las que durante su vida laboral han aportado sus cotizaciones a la Seguridad Social, con retenciones a sus salarios destinadas a poder tener una pensión digna tras la jubilación, por lo que ningún gobierno tiene derecho a destinarlo a otros fines que no sea exclusivamente al pago de las prestaciones reconocidas por la Seguridad Social y los costes mínimos necesarios para la gestión del sistema Público de Pensiones. Estamos por la eliminación de los topes de las bases de cotización que solo benefician a quienes perciben altas remuneraciones.

Sobre las cotizaciones y bienes de la Seguridad Social el Estado solo tiene funciones de tutela, pues la propiedad de esos bienes no le corresponde. El patrimonio de la Seguridad Social, constituido por las cuotas, bienes, derechos, acciones y recursos de cualquier otro género, es un patrimonio único afecto a sus fines y distinto al patrimonio del Estado. La titularidad del mismo corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social. Por eso a la utilización de las cotizaciones para fines distintos de los propios, la consideramos como verdaderos saqueos que los anteriores gobiernos han impuesto a la Seguridad Social. Esa práctica ha sido continua. Defendemos que el dinero de las cotizaciones se utilice solo para el pago de las pensiones contributivas, consideradas como un salario diferido...

Extraído de nuestra tabla reivindicativa (V Asamblea)

 
 
 

COESPE

Informació obtinguda de la web de COESPE (Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones).

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